TY - JOUR AU - García Benítez, Antonio PY - 2006/05/05 Y2 - 2024/03/29 TI - Sociedad y educación en las Leyes de Indias JF - Barataria. Revista Castellano-Manchega de Ciencias Sociales JA - Barataria VL - IS - 4 SE - Artículos DO - 10.20932/barataria.v0i4.281 UR - https://revistabarataria.es/web/index.php/rb/article/view/281 SP - 259-274 AB - En este artículo pretendo presentar un diseño de las investigaciones que estoy realizando, en base a la Legislación Indiana, desde una perspectiva sociohistórica de la Educación. En los más antiguos documentos legislativos (año 1503) ya vemos la preocupación por fundar escuelas, iniciándose una ingente legislación a través de Cédulas reales, Decretos, Órdenes, Reglamentos, Oficios e incluso Consultas y Pareceres que nos es preciso examinar y explicar. Los reyes españoles tuvieron más mimos para los súbditos americanos que para los peninsulares; no creo que hubiese ley que ordenara abrir escuelas en los pueblos peninsulares y si las hubo, muy pronto, para los que se iban formando en América.Los estamentos sociales y los destinatarios de la educación.Las fuentes históricas presentan la población de la América hispana, en el periodo colonial, escindida y estratificada en grupos sociales antagónicos y en categorías étnicas diferentes. ER -